REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA

Caracas, 19 de mayo de 2015
204º y 156º

Vista la diligencia suscrita por el abogado EDGARDO YÉPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-6.858.933, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 41.979, en su carácter de Defensor Público en materia Agraria y representante judicial de la ciudadana MIREYA QUINTANA, parte demandada en la presenta causa, mediante la cual solicita a este Tribunal que no cese de realizar las diligencias para tratar de ejecutar la sentencia de fecha 05 de agosto de 2014, y asimismo, solicita que se ratifiquen los oficios enviados a CORPOMIRANDA y a la Alcaldía del Municipio Eulalia Buróz del estado Bolivariano de Miranda, y de ser posible se fije nueva fecha para la práctica del traslado del Tribunal o en su defecto se organice una mesa de trabajo inter institucional donde pueda surgir una solución al problema planteado, este Tribunal observa:

De la revisión de las actas procesales se evidencia que el traslado de esta instancia judicial se ha pautado en varias oportunidades resultando imposible el mismo, ya sea por la falta de vehículo o la falta de respuesta de los organismos oficiados.

Asimismo, se hace evidente que la ejecución de la sentencia dictada y el convenio de las partes es compleja, por cuanto la misma consiste el levantar un lindero y/o cerca y mover un terraplén.

Con el objeto de suministrar la justicia social y veraz que buscan todos los ciudadanos que acuden a los entes administradores de justicia, este Despacho en su afán de seguir cumpliendo con su deber constitucional y no decaer en la lucha de concretar los fallos dictados, considera pertinente fijar para el día viernes diecinueve (19) de junio de 2015, a las diez de la mañana (10:00 a.m), la oportunidad para efectuar una mesa de trabajo con el Consejo Comunal de la localidad y las instituciones gubernamentales respectivas, para poder estudiar el caso y buscar una solución sobre el caso. Así se decide.-

Como consecuencia, se ordena librar nuevos oficios a CORPOMIRANDA, la Alcaldía del Municipio Eulalia Buróz, Policía del Municipio Eulalia Buróz y Guardia Nacional Bolivariana, para que designen los funcionarios que asistirán a la mesa de trabajo. Líbrese oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ,

Dra. YOLIMAR HERNANDEZ FIGUERA
LA SERCRETARIA,

GRECIA SALAZAR BRAVO

En la misma fecha se dio fiel cumplimiento al auto que antecede.-
LA SERCRETARIA,

GRECIA SALAZAR BRAVO
























































Exp. Nº 13-4337.-
YHFGSB/nb.-