REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE
CARACAS Y ESTADO MIRANDA

Caracas, 22 de mayo de 2015
204º y 156º

Vista la solicitud de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y Medida de Embargo Preventivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, contentiva en el libelo de demanda específicamente en el Capítulo VI, presentado por el abogado TOMAS CISNEROS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro, 51.201, actuando en representación de la parte actora BANCO EXTERIOR, BANCO UNIVERSAL, C.A.; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la ley de Tierras y Desarrollo Agrario, acuerda otorgarle a la parte actora un lapso de tres (03) días de despacho para que complemente su solicitud por ser insuficiente los argumentos explayados en el libelo. Así se decide.-
LA JUEZ

Dra. YOLIMAR T. HERNÁNDEZ FIGUERA
LA SECRETARIA

GRECIA SALAZAR BRAVO

En esta misma fecha se dio fiel cumplimiento al presente auto.-
LA SECRETARIA


GRECIA SALAZAR BRAVO














Exp. Nro. 15-4424.-
YHF/gs/lh.-