REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 11 de mayo de 2015
204º y 156º

Vista la diligencia de fecha 06.05.2015 suscrita por la Abogada VESTALIA MORALES DE BENCOMO, en su carácter de apoderada judicial de la parte solicitante, mediante la cual solicita la ejecución de la sentencia emanada por éste Tribunal Superior. En consecuencia, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 27.04.2015, el cual concede eficacia en su totalidad y fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela y ordena la ejecución de la sentencia, dictada en fecha 28 de agosto de 2008, por el tribunal de DISTRITO DE UTRECHT DEL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS-HOLANDA, que acordó el divorcio de los ciudadanos RODRIGO JOSÉ ARELLANO PIMENTEL Y EVA VAN ROEKEL. Líbrese oficio al organismo respectivo y anéxele copia certificada de los documentos procesales respectivos. Este Tribunal acuerda expedir por secretaría las copias certificadas solicitadas, así como de la diligencia que las solicita y del auto que la acuerda, por aplicación de lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.-
LA JUEZ


DRA. INDIRA PARIS BRUNI

LA SECRETARIA

ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
Se requieren fotostatos de la Sentencia, la anterior diligencia y del presente auto, a los fines de proveer lo requerido.

LA SECRETARIA

ABG. MARIELA ARZOLA PADILLA
IPB/MAP/jean carlos
Exp. N° AP71-S-2014-000055