REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, doce (12) de mayo de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
Expediente Nº AP71-R-2015-000328 (579)
Visto el escrito de informe presentado en fecha 27 de abril del año en curso, por el abogado IVAN GUSTAVO SANTANDER GARRIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 14.863, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la presente causa, ESCUELA MAGNÉTICO ESPIRITUAL DE LA COMUNA UNIVERSAL (EME de la C.U.) y vencido como se encuentra el lapso otorgado para presentar observaciones al informe respectivo; este Tribunal advierte que de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los treinta (30) días continuos a partir de esta fecha. Así se decide.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Maria Elvira Reis.
VJGJ/MER/Vane