REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiocho (28) de mayo de 2015.- Años 205 y 156

Vistos los escritos de informes presentados en fecha 15 de mayo de 2015, por una parte, los abogados Ángel Lentito M. y Edgar A. Rodríguez, en su condición de apoderados judiciales de la parte co-demandada y, por la otra, los abogados Mark Melilli S. y Andrés R. Chacón, representantes judiciales de la parte demandante y visto igualmente los escritos de observaciones presentados por los abogados Lisette García Gandica y Elias Tarbay Reverón en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, este Tribunal advierte a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los sesenta (60) días continuos siguientes a esta fecha.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria Temporal,

Abg. Maria Elvira Reis.