REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, seis (6) de mayo de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º
Expediente Nº AP71-R-2015-000220
Visto los escritos de informes presentados en fecha 20 de abril del año en curso, el primero de ellos por la abogada MARÍA ALEJANDRA PARRA MARTÍNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.432, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa, sociedad mercantil ADMINISTRADORA DANORAL, C.A., y el segundo por la ciudadana ANDREÍNA DEL VALLE RAMÍREZ JASPE, titular de la cédula de identidad Nº V-12.393219, debidamente asistida por el abogado HENRY FRANCO HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.186, en su carácter de parte actora; al respecto, este Tribunal advierte que de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los sesenta (60) días continuos a partir de esta fecha. Así se decide.-
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,
Maria Elvira Reis.