REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Año 205° y 156°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-00604


En el día hábil de hoy JUEVES 07 DE MAYO DE 2015, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Prestaciones Sociales incoara la ciudadana BETSY LISARETT MARTINEZ MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 14.454.790, contra la entidad de trabajo INVERSIONES ASTRAL 2021, C.A., anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadana BETSY LISARETT MARTINEZ MARQUEZ, titular de la cedula de identidad N° 14.454.790, debidamente representada por la abogada MARIA INES CORREA RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.525. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana ESTHER RAULAY RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.666.978, en su carácter de Directora de la demandada, y de la comparecencia de la abogada ISABEL BEATRIZ PEREZ RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 112.009, en su carácter de apoderada judicial de la demandada. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON 45/100 (Bs.9.272,45) por los siguientes conceptos: garantía de prestaciones sociales, intereses sobre la garantía de prestaciones sociales, indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la trabajadora, prevista en el articulo 92 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y bonificación de fin de año fraccionada, salarios retenidos, beneficio de alimentación, intereses moratorios e indexación monetaria. La cancelación del monto acordado se paga en este acto mediante cheque Nº 23517836, del Banco Banesco, de esta misma fecha, a nombre de la trabajadora. Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución de los escritos de promoción de pruebas. Igualmente las partes solicitan copias certificadas de la presente acta, por lo que se ordena al secretario del Tribunal expedir dos (2) juegos de copias certificadas, de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, las cuales son retiradas en este acto. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

BETSY LISARETT MARTINEZ MARQUEZ
PARTE ACTORA


MARIA INES CORREA RAMIREZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


ESTHER RAULAY RODRIGUEZ
DIRECTORA DE LA DEMANDADA


ISABEL BEATRIZ PEREZ RODRIGUEZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

KARIN MORA
EL SECRETARIO