REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL VIGESIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
205º y 156º


SOLICITANTE: JOSE MIGUEL FERNÁNDES DE SOUSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.620.467.
ABOGADA ASISTENTE: GISELA VILLAFRANCA DE AVENDAÑO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 12.873.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE TITULO DE TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN TECNOLOGIA AUTOMOTRIZ.
EXPEDIENTE: AP31-S-2015-000916
SENTENCIA DEFINITIVA

Se inicia el presente procedimiento, a través de escrito presentado en fecha 09 de febrero de 2015, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.), por el ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, asistido por la abogada en ejercicio Gisela Villafranca De Avendaño, plenamente identificados, y recibida ante este Tribunal en fecha 09 de febrero de 2015, por medio del cual solicita la Rectificación de su Titulo de Técnico Superior Universitario en Tecnología Automotriz, debidamente registrado bajo el Nº 4906, ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en fecha 18 de febrero de 2010, anotado bajo el Nº 160, folio 160, Protocolo Único y Principal, Tomo 21, pues alega el solicitante que en el mencionado Titulo se incurrió en un error material en cuanto a sus apellidos a saber, donde se lee: “…JOSE MIGUEL DE SOUSA PESTANA …” debe leerse lo siguiente: “…JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA …” siendo esto lo correcto.
Por auto de fecha 03 de marzo de 2015, el Tribunal admitió la solicitud de Rectificación de Titulo de Técnico Superior Universitario en Tecnología Automotriz de conformidad con lo previsto en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Público. Asimismo se ordenó la publicación de un cartel en un diario de mayor circulación, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin que hicieran parte en el presente procedimiento. Igualmente ordenó a la solicitante a presentar a dos (02) personas que tengan conocimiento del asunto y den razones fundadas de sus dichos y expongan lo que crean pertinente.
En fecha 17 de marzo de 2015, compareció el ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, asistido por la abogada en ejercicio Gisela Villafranca De Avendaño, mediante diligencia, consigno las copias a los fines de librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público.
Mediante nota de secretaria de fecha 18 de marzo de 2015, se libró Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público, como fue ordenado en auto de admisión de fecha 03 de marzo de 2015 y Cartel de Notificación.
En fecha 25 de marzo de 2015, comparecieron los ciudadanos KARINA REYS TELES DE ASCENSAO y GABRIEL JOSE MIGUEL FUENMAYOR CHANG, titulares de las cédulas de identidad números V-19.022.233 y V-15.504.896, respectivamente y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Titulo de Técnico Superior Universitario En Tecnología Automotriz.
En fecha 25 de marzo de 2015, compareció el ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, asistido por la abogada en ejercicio Gisela Villafranca De Avendaño, mediante diligencia, retiro el Cartel, a los fines de su publicación.
El día 26 de marzo de 2015, compareció el ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, asistido por la abogada en ejercicio Gisela Villafranca De Avendaño, mediante diligencia, consignó cartel debidamente publicado en el Diario Últimas Noticias.
En fecha 13 de abril de 2015, compareció el ciudadano MIGUEL VILLA, Alguacil Titular de la Unidad de Coordinación de Alguacilazgo de este circuito sede, mediante diligencia consignó Boleta de Notificación firmada y sellada por la Fiscalía 102º del Ministerio Público.
El día 07 de mayo de 2015, compareció el ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, asistido por la abogada en ejercicio Gisela Villafranca De Avendaño, mediante diligencia, solicitó del Tribunal pronunciamiento en cuanto a la solicitud.
Para probar lo alegado, la solicitante consignó:
• Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 276, de fecha 13 de febrero de 1985, del ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante la cual se evidencia el error en el nombre del solicitante, y por constituir documento público conforme lo que prevé el artículo 1357 del Código Civil en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio. Y así se declara.
• Copia del Titulo de Técnico Superior Universitario en Tecnología Automotriz, del ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, emanado del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en fecha 17 de noviembre de 2007, debidamente registrado bajo el Nº 4906, ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en fecha 18 de febrero de 2010, anotado bajo el Nº 160, folio 160, Protocolo Único y Principal, Tomo 21, y por constituir documento público conforme lo que prevé el artículo 1357 del Código Civil en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio. Y así se declara.
• Testimoniales de fecha 25 de marzo de 2015, de los ciudadanos KARINA REYS TELES DE ASCENSAO y GABRIEL JOSE MIGUEL FUENMAYOR CHANG, titulares de las cédulas de identidad números V-19.022.233 y V-15.504.896, respectivamente, a través de las cuales declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación del Titulo de Técnico Superior Universitario en Tecnología Automotriz, en virtud de ello este Tribunal las aprecia en todo su alcance probatorio, conforme lo prevé el artículo 1392 del Código Civil. Y así se declara.
• Copia de la cédula de identidad del ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA.
II
MOTIVACION

Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Vigésimo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena La Rectificación del Titulo de Técnico Superior Universitario en Tecnología Automotriz, del ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, emanado del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en fecha 17 de noviembre de 2007, debidamente registrado bajo el Nº 4906, ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en fecha 18 de febrero de 2010, anotado bajo el Nº 160, folio 160, Protocolo Único y Principal, Tomo 21, en cuanto al error cometido en dicho Titulo.
- III -
DECISIÓN

Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL VIGESIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL TITULO DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN TECNOLOGÍA AUTOMOTRIZ, emanado del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en fecha 17 de noviembre de 2007, debidamente registrado bajo el Nº 4906, ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en fecha 18 de febrero de 2010, anotado bajo el Nº 160, folio 160, Protocolo Único y Principal, Tomo 21, peticionada por el ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.620.467.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL TITULO DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN TECNOLOGÍA AUTOMOTRIZ, emanado del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en fecha 17 de noviembre de 2007, debidamente registrado bajo el Nº 4906, ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en fecha 18 de febrero de 2010, anotado bajo el Nº 160, folio 160, Protocolo Único y Principal, Tomo 21, del ciudadano JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA, en consecuencia, en lo que respecta al error en el nombre del solicitante donde se lee: “…JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA PESTANA…” debe leerse: “…JOSE MIGUEL FERNANDES DE SOUSA …” que es lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registrador Principal del Distrito Capital, a los fines que estampe la correspondiente nota marginal en el TITULO DE TÉCNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN TECNOLOGÍA AUTOMOTRIZ, emanado del Instituto Universitario de Tecnología Industrial, en fecha 17 de noviembre de 2007, debidamente registrado bajo el Nº 4906, ante la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, en fecha 18 de febrero de 2010, anotado bajo el Nº 160, folio 160, Protocolo Único y Principal, Tomo 21, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 149 y 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotostátos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Vigésimo de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los veintiséis (26) días del mes de mayo de dos mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ,
Dra. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE.


LA SECRETARIA,
Abg. MARIA VIRGINIA SOLORZANO.

En esta misma fecha, , se publicó y registró la anterior decisión.

LA SECRETARIA,
Abg. MARIA VIRGINIA SOLORZANO



EXP. AP31-S-2015-000916
AAML/MVS/Mónica M.