REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, veintiséis (26) de mayo de dos mil quince (2.015)
Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación

Vista la diligencia de fecha 19 de mayo de 2.015, suscrita por el abogado JESUS RAFAEL MUÑOZ MATUTE, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 43.124, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OVIDIO RAMÓN ATAYDE OLVERA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V.-2.984.015, parte actora, en el presente juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (Arrendamiento) sigue contra los ciudadanos CARMEN REGINA SALINAS BRICEÑO y JOSE ANTONIO SANCHEZ CASTILLO, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-1.852.663 y V.-3.752.770 respectivamente, mediante la cual desiste de la acción, en el presente procedimiento; este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre lo solicitado, pasa a transcribir el siguiente artículo:

Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil:

“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa (90) días.”

Con fundamento en el artículo antes mencionado, este Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.

Publíquese y Regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de mayo de 2.015. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ,
Dra. ANNA ALEJANDRA MORALES LANGE



LA SECRETARIA,
Abg. MARIA VIRGINIA SOLORZANO

Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley, a las puertas del Tribunal siendo la una de la tarde. (10:00 a.m.)


LA SECRETARIA,
Abg. MARIA VIRGINIA SOLORZANO.


AAML/MVS/Pedro.-
Exp. Nro. AP31-V-2014-000312.-