REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 21 de Mayo de 2015
205° y 156°
Vista la diligencia que antecede, presentada por el abogado GABRIEL R. OCA AVILA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.32.713, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANDREA VICTORIA ESCORIHUELA SCOPPETTONE y LUIS DANIEL RODRÍGUEZ BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº.V-17.884.279 y V-16.815.421, mediante la cual solicita la ejecución de sentencia, el Tribunal lo acuerda. Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 7 de abril de 2015, en donde se declaró la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes interpuesta por los ciudadanos ANDREA VICTORIA ESCORIHUELA SCOPPETTONE y LUIS DANIEL RODRÍGUEZ BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº.V-17.884.279 y V-16.815.421, respectivamente, se decreta su ejecución. En consecuencia, expídanse por Secretaría copias certificadas que requieran los solicitantes, con inserción de la diligencia que riela al folio (22) y del presente auto, y remítase lo correspondiente con oficio a las autoridades civiles competentes de conformidad con lo establecido en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, los respectivos fotostatos serán elaborados por la Secretaría de este despacho, conforme a lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Cúmplase.
LA JUEZ,
MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA,
ARELIS FALCON.
En esta misma fecha se solicitan fotostatos de la decisión y del presente auto para proveer.
LA SECRETARIA,
ARELIS FALCON.
EXP. AP31-S-2012-010226/MCGH/__/Brayan A.
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