REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
ASUNTO: AP21-R-2015-001173
PRINCIPAL: AP21-L-2014-001792
En el juicio seguido por, EMIRKA TUA MENDOZA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 9.628.206; por reclamación de prestaciones sociales y demás indemnizaciones derivadas de la prestación de servicios; contra la entidad de trabajo, FUNDACIÓN PARA LA ASISTENCIA SOCIAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA DE CARACAS (FUNDAPOL), inscrita por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del entonces Distrito Federal, en fecha, 27 de julio de 1992, bajo el N° 12, Tomo 11 del Protocolo Primero; el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, en fecha, 06 de julio de 2015, dictó su decisión definitiva por la cual declaró parcialmente con lugar la demanda.
Contra esta decisión, ejerció recurso de apelación la parte demandada, por lo cual subieron las actuaciones a este Juzgado Superior, que por auto del 26 de octubre de 2015, las dio por recibidas, y fijó, por auto del 02 de noviembre de 2015, el día de hoy, 12 de noviembre de 2015, la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública de apelación, a las 11:00 de la mañana.
Celebrada la referida audiencia con la comparecencia de la parte actora, el Tribunal dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandada recurrente, y declaró desistido el recurso conforme a lo previsto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y ordena la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente, a los fines legales respectivos.
En razón de lo expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 06 de julio de dos mil quince (2015), la cual queda confirmada en todas sus partes. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por, EMIRKA TUA MENDOZA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 9.628.206; por reclamación de prestaciones sociales y demás indemnizaciones derivadas de la prestación de servicios; contra la entidad de trabajo, FUNDACIÓN PARA LA ASISTENCIA SOCIAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA DE CARACAS (FUNDAPOL), inscrita por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Libertador del entonces Distrito Federal, en fecha, 27 de julio de 1992, bajo el N° 12, Tomo 11 del Protocolo Primero. TERCERO: Se condena a la Fundación demandada, a cancelar a la actora, los conceptos y montos ordenados en el fallo recurrido, de fecha, 06 de julio de 2015, una vez practicadas las experticias ordenadas en el mismo. CUARTO: Se imponen las costas del recurso a la parte demandada por haber desistido del recurso.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los doce (12) días del mes de noviembre de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
El Juez,
Asdrúbal Salazar Hernández
La Secretaria,
Nora Uribe Mendoza
En la misma fecha, doce (12) de noviembre de dos mil quince (2015), en horas de despacho y previas las formalidades de Ley, se registró y publicó la anterior decisión.
La Secretaria,
Nora Uribe Mendoza
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