REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO (5to) SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO
JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
205° y 156°
Caracas, (03) de noviembre de dos mil quince (2015)
EXPEDIENTE N° AP21-R-2015-000835
PARTE ACTORA: ALEXANDER ELIECER SANCHEZ MARTINEZ, mayor de edad, de este domicilio, sin identificación de la cédula de identidad titular E-83.908.962.-
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: No constituyo
PARTE DEMANDADA: BZS CONSTRUCCION C.A., sin identificación de los datos de la empresa.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: MILAGROS RIVERO OTERO, abogada e inscrita en el INPRE bajo el No. 25.033
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN
Recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra de la decisión de fecha (01) de junio de dos mil quince (2015), emanada del Juzgado Cuadragésimo Quinto (45) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
Visto que en fecha 02/11/2015, la parte recurrente la empresa BZS CONSTRUCCION, S.A. a través de su apoderada judicial manifestó su voluntad de desistir del presente recurso de apelación, interpuesto contra la decisión de fecha (01) de junio de dos mil quince (2015), emanada del Juzgado Cuadragésimo Quinto (45) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
Razón por la que, verificados los extremos legales correspondientes, y observando que no se afecta el orden público, este Juzgado Superior, procede a impartir la homologación respectiva. Ordenándose la remisión del expediente al Juzgado correspondiente. Así se decide.-
DISPOSITIVO
Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la apelación formulada por la profesional del derecho MILAGROS RIVERO, abogada, venezolana, mayor de edad, inscrita en el IPSA bajo el N° 25.033, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente BZS CONSTRUCCION, S. A.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los (03) días del mes de noviembre del año dos mil quince (2015). Años: 205º y 156º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
EL JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA,
ABG. JOSEFA MANTILLA
NOTA: En la misma fecha y previo el cumplimiento de las formalidades legales, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
ABG. JOSEFA MANTILLA
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