REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de noviembre de dos mil quince (2015)
204º y 156º
ASUNTO: AP21-S-2015-002181


Vista mi designación como Juez Suplente según acta de Juramentación No 0045-2015, de fecha 19-10-15, levanta en la Presidencia del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, esta Juez se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Asimismo, visto el escrito presentado en fecha 14 de Octubre de 2015, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circunscripción Judicial, por la ciudadana MARIA FERNANDA MITCHELL, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 13.291.282, asistida por el Abogado Ángel Rojas, IPSA No 88662, parte oferida en el presente procedimiento, así como por el abogado JESÙS ANTONIO LEOPOLDO, IPSA No. 97802, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa PASTELERIA TARTUFO CA, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 21-10-04, bajo el No. 32, Tomo 986-A, parte OFERENTE, contentivo de la TRANSACCIÓN celebrada entre dichas partes. En tal sentido, se observa que presentan copia de cheque proveniente de BANESCO BANCO U NIVERSAL, No. 24508637, por la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÌVARSE CON SESENTA Y UN CÈNTIMOS (Bs. 4.274,61) librado contra la cuenta No 134-0029-66-0291018505, perteneciente a la empresa PASTELERIA TARTUFO CA, de fecha 07-10-15, a nombre de la ciudadana MARIA FERNANDA MITCHELL, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 13.291.282, parte OFERIDA en el presente procedimiento. En tal sentido éste Juzgado, ordena notificar a las partes del ABOCAMIENTO de esta Juez, luego que conste en autos la última de las notificaciones y transcurrido que sea el lapso de 03 días hábiles previstos en el articulo 39 de la LOPT, procederá a pronunciarse sobre la mencionada transacción. Y ASÍ SE DECLARA. LIBRESE BOLETAS DE NOTIFICACIÓN.

La Juez

La Secretaria

MARIA GONCALVES DO ESPIRITO SANTOS
Abg. Marilent Lunar