REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
205º y 156º
Caracas, 30 de noviembre de 2015.
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
Al ciudadano ALEJANDRO MATÍAS PÉREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.562.674, y/o en la persona de su apoderado judicial, el ciudadano ALBERTO GALIANO PEÑA abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 62.211, quien actúa como PARTE ACTORA y, a la ciudadana ISAURA DEL VALLE MARCANO ZERPA, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.- 2.109.243, y/o en las personas de sus apoderados judiciales, los ciudadanos IRENE GAMARDO MEDINA, HELEN CARACAS VARGAS, MIGUEL ÁNGEL PASQUARELLI, LUÍS GAMARDO MEDINA, PAOLO MARINUZZI TINELLI, ANA MARÍA GAMARDO MEDINA, JULIO CÉSAR MÉNDEZ RAMÍREZ, ELIANA MARINUZZI TINELLI y ALESANDRA DEL CARMEN VALDIVIEZO GAMARDO, abogados en ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 57.945, 68.909, 27.577, 54.910, 57.944, 57.945, 103.534, 105.632 y 105.633, respectivamente, en su carácter de PARTE DEMANDADO. Que este Tribunal en fecha veintisiete (27) de febrero de 2015, dictó sentencia definitiva, en el expediente número antiguo AH1B-R-2000-000080, ASUNTO: 0212-12 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA sigue el ciudadano ALEJANDRO MATÍAS PÉREZ en contra de la ciudadana ISAURA DEL VALLE MARCANO ZERPA, ampliamente identificados en autos. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia y, una vez que conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil y, los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES
ASM/SR/03
Asunto Antiguo: AH1B-R-2000-000080
Exp. Nº 0212-12