REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de noviembre de dos mil quince (2015)
Años: 205º y 156º
Vista la diligencia presentada en fecha 18 de noviembre del presente año, por el abogado WOLFGANG PEREDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.736, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio, mediante la cual solicitó la notificación de la parte actora, de la sentencia dictada en fecha 17 de noviembre de 2015, este tribunal acuerda proveer de conformidad con lo solicitado.
En consecuencia, se ordena librar boleta de notificación a la sociedad mercantil ZTE DE VENEZUELA, C.A., en la persona de uno cualquiera de sus apoderados judiciales, abogados MARCEL IGNACIO IMERY, PEDRO URDANETA BENITEZ, GABRIEL CALLEJA ANGULO, JEAN BAPTISTE ITRIAGO, JOSE FAUSTINO FLAMARIQUE, PEDRO JEDLIKA ZAPATA, BÁRBARA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, LUIS AZUAJE GÓMEZ, KAREN PERDOMO DE MOYA, WILDER MÁRQUEZ ROMERO, LOREIDA DOMÍNGUEZ MÓNACO, BEATRIZ RIVERO LEZA, HUMBERTO CUFFARO, DANIELA CORTESÍA HERNÁNDEZ, WILLIAM BRANZ, ADRIANA ROJAS, GLORIA CEDEÑO RUIZ y OFELIA RIQUEZAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 42.020, 57.992, 54.142, 58.350, 66.226, 64.391, 108.180, 119.056, 130.221, 145.571, 98.579, 127.828, 114.992, 145.585, 121.387, 134.524, 146.990 y 153.419, en su orden de mención, con domicilio en la siguiente dirección: “Imery Urdaneta Calleja Itriago & Flamarique, Multicentro Empresarial del Este, Torre Libertador, Núcleo “A”, piso 5, oficina 51-A/52-A, Avenida Libertador, Chacao”, parte actora en la presente causa. Líbrese boleta de notificación. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
MARÍA ELVIRA REIS.
Expediente Nº AP71-R-2015-000170 (565)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de noviembre de dos mil quince (2015)
Años: 205º y 156º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A la sociedad mercantil ZTE DE VENEZUELA, C.A., en la persona de uno cualquiera de sus apoderados judiciales, abogados MARCEL IGNACIO IMERY, PEDRO URDANETA BENITEZ, GABRIEL CALLEJA ANGULO, JEAN BAPTISTE ITRIAGO, JOSE FAUSTINO FLAMARIQUE, PEDRO JEDLIKA ZAPATA, BÁRBARA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, LUIS AZUAJE GÓMEZ, KAREN PERDOMO DE MOYA, WILDER MÁRQUEZ ROMERO, LOREIDA DOMÍNGUEZ MÓNACO, BEATRIZ RIVERO LEZA, HUMBERTO CUFFARO, DANIELA CORTESÍA HERNÁNDEZ, WILLIAM BRANZ, ADRIANA ROJAS, GLORIA CEDEÑO RUIZ y OFELIA RIQUEZAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 42.020, 57.992, 54.142, 58.350, 66.226, 64.391, 108.180, 119.056, 130.221, 145.571, 98.579, 127.828, 114.992, 145.585, 121.387, 134.524, 146.990 y 153.419, en su orden de mención, con domicilio en la siguiente dirección: “Imery Urdaneta Calleja Itriago & Flamarique, Multicentro Empresarial del Este, Torre Libertador, Núcleo “A”, piso 5, oficina 51-A/52-A, Avenida Libertador, Chacao”, parte actora, que por auto de esta misma fecha se ordenó su notificación, con la finalidad de hacer de su conocimiento que esta alzada el día 17 de noviembre de 2015, dictó sentencia en el expediente número AP71-R-2015-000170 (565) de la nomenclatura llevada por este juzgado, contentivo de la TERCERÍA interpuesta por la sociedad mercantil ZTE DE VENEZUELA, C.A., en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE DE FIANZA sigue la sociedad mercantil SEGUROS PIRÁMIDE, C.A., contra la sociedad mercantil INSTAELECTRIC SERVICIOS, C.A., y los ciudadanos GONZALO MANRIQUE y MARÍA LUCCA DE MANRIQUE, que una vez conste en autos su notificación, comenzará a correr el lapso legal para interponer los recursos a que hubiere lugar, de conformidad con lo previsto en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil.
Firmará al pié de la presente boleta, en señal de haber sido debidamente notificado.
DIOS Y FEDERACIÓN
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
Firma: _____________________Fecha: _______________Hora:_________
Expediente Nº AP71-R-2015-000170 (565)