REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Caracas, 17 de noviembre de 2015.
205° y 156°

PARTE ACTORA: FRANK JOSÉ MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-14.283.344.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EFRAÍN SÁNCHEZ BARRIOS, abogado en ejercicio, Inpreabogado No. 33.908.
PARTE DEMANDADA: PALADAR BAKERY, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el 2 de junio de 2006, bajo el No. 94, Tomo 1334-A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ FERNÁNDEZ ACEVEDO, ADRIANA PÉREZ MEDINA y CARMEN LUISA MARTÍNEZ MARÍN, abogados en ejercicio, Inpreabogado Nos. 29.703, 45.095 y 26.697, respectivamente.
MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior en virtud de la apelación interpuesta en fecha 8 de octubre de 2015, por el abogado EFRAÍN SÁNCHEZ BARRIOS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada el 5 de octubre de 2015 por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 14 de octubre de 2015.

En fecha 16 de octubre de 2015 se distribuyó el expediente, el 21 de octubre de 2015 y conforme a lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública para el día martes 10 de noviembre de 2015 a las 11:00 a.m.; mediante diligencia de fecha 21 de octubre de 2015 (agregada al expediente por auto de fecha 28 de octubre de 2015) la parte actora apelante solicitó la reposición de la causa al estado de celebrarse nueva audiencia preliminar.

Celebrada como ha sido la audiencia oral, estando dentro de la oportunidad legal para hacerlo, este Tribunal pasa a reproducir el fallo en los siguientes términos.

CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL

En el acta levantada en fecha 10 de noviembre de 2015 a las 11:00 a.m. (folio 98), con motivo de la audiencia oral y pública fijada, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de las partes, por sí o por medio de apoderado judicial alguno.


CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente”

Con vista a que la parte actora recurrente no compareció, por sí o por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.

CAPITULO III
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta el 8 de octubre de 2015, por el abogado EFRAÍN SÁNCHEZ BARRIOS, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 5 de octubre de 2015 por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano FRANK JOSÉ MARTÍNEZ RODRÍGUEZ en contra de PALADAR BAKERY, C. A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año 2015. Años: 205º y 156º.

JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
JOSEFA MANTILLA
SECRETARIA

NOTA: En el día de hoy, 17 de noviembre de 2015, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.


JOSEFA MANTILLA
SECRETARIA
ASUNTO No: AP21-R-2015-001400.
JCCA/JM/ksr.