REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 13 de noviembre de 2015.-
205º y 156º

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogada JULIA MENA inscrita en el inpreabogado bajo el N° 24.066, dando cumplimiento a lo solicitado por este Tribunal mediante auto de fecha 26 de octubre de 2015, este Tribunal observa: que el Tribunal Supremo de Justicia, dictó Resolución Nº 2009-0006 del 18 de Marzo del 2009, Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, bajo el Nº 39.152, en fecha 02 de abril del 2009, mediante la cual resolvió que los Juzgados de Municipio podrán conocer de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000U.T), por lo antes expuesto y revisadas las actas que conforman el presente expediente, del mismo se desprende, que la estimación de la demanda fue calculada en novecientos sesenta y un mil ochocientos con cero céntimos (961.800,00) y su equivalente en Unidades Tributarias es de seis mil cuatrocientos doce (6.412 U.T), cantidad esta que excede de las 3.000 Unidades Tributarias, contempladas en la Resolución antes mencionada, es por lo que este Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLINA SU COMPETENCIA EN RAZON DE LA CUANTIA, en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y ASI SE DECIDE.- Remítase el expediente al Juzgado Competente, una vez como se encuentre vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil..

LA JUEZ,


ABG. MARITZA BETANCOUT
EL SECRETARIO

ABG. DIEGO CAPPELLI

MB/DC/susana
Exp. Nº AP31-V-2015-001191