REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 02 de noviembre de dos mil quince (2015).
Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

Vista la diligencia de fecha 20 de octubre de 2015, suscrita por el abogado ELONIS LOPEZ CURRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-2.060.574, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.771, actuando a título personal y en defensa de sus propios intereses, parte actora en el presente juicio, mediante la cual desiste del procedimiento conforme a lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, y expone por cuanto el desistimiento lo está haciendo luego de la contestación de la demanda, la contestación de la demanda, la representante/apoderada de CITIBANK suscribe con él la diligencia, asimismo consigna copia simple del documento donde se deja constancia de la liberación de la reserva de dominio que pesa sobre el vehículo, este Tribunal a los fines de pronunciarse en lo solicitado, pasa a transcribir los siguientes artículos:

“Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.- El demandante podrá limitarse a desistir del procedimiento, pero si el desistimiento se efectuare después del acto de la contestación de la demanda, no tendrá validez sin el consentimiento de la parte contraria.

Con fundamento en el artículo antes mencionado, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 02 días del mes de noviembre de dos mil quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Juez,
Dra. Anna Alejandra Morales Lange

La Secretaria,
Abg. María Virginia Solórzano Parra

Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley, a las puertas del Tribunal.

La Secretaria,
Abg. María Virginia Solórzano Parra


AAML/MVSP/Luis S.
Exp. Nº AP31-V-2013-000541.