REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, Dieciséis (16) de Noviembre de Dos mil Quince (2015)
205º y 156º
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano RAMON SOLORZANO, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.595.933, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 143.020, Apoderado Judicial, mediante la cual desiste de la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por el ciudadano SAMIR JOSÉ SALOMON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad V- 6.749.426 se HOMOLOGA tal desistimiento en los mismos términos, se da por terminada remítase el expediente a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, y el pedimento en ella contenida, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, se ordena la devolución de los documentos que rielan a los folios nueve (09) hasta el folio Doce (12), el cual cursan a los autos en original, motivo por el cual son objeto de su certificación y por ende debe dejarse copias certificadas de los mismos en su lugar y entréguense al solicitante. Igualmente se ordena corregir la foliatura del presente expediente de conformidad con lo previsto en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
LA JUEZ,

Abg. NELA PASQUALI VESPA
EL SECRETARIO

ABG. JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto antes mencionado.
EL SECRETARIO



Exp. Nº AP31-S-2015-007261
NPV/JG/al