REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO (5to) SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO
JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
205° y 156°
Caracas, (16) de octubre de dos mil quince (2015)

EXPEDIENTE N° AP21-R-2015-000183



PARTE ACTORA: GERSON LUIS ALTUNA LIRA, venezolano mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 18.403.276

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIANO GIANNANTONIO HERNNANDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 158.313

PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 18, tomo 28-C, en fecha 28 de noviembre de 1.991.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ACACIO TERAN y JOSE DEL CARMEN VALERA, abogados en ejercicio, inscritos en el IPSA bajo el Nos. 49.300 y 58.328 respectivamente

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES



Visto que en fecha 16/10/2015, la representación de la parte actora ciudadano GERSON LUIS ALTUNA LIRA, venezolano mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 18.403.276 a través de su apoderado judicial el profesional del derecho MARIANO GIANNANTONIO HERNNANDEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el N° 158.313, en la cual manifiesta su intención de desistir del presente recurso de apelación mediante diligencia consignada por ante la URDD, interpuesto contra la decisión de fecha (03) de febrero de dos mil quince (2015), emanada del Juzgado Décimo Tercero (13) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
Es por lo que en razón de dicha solicitud, se procede a la verificar los extremos legales correspondientes, y observando que no se afecta el orden público, este Juzgado Superior, procede a impartir la homologación respectiva. Ordenándose la remisión del presente expediente al Juzgado correspondiente. Así se decide.-


DISPOSITIVO

Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: LA HOMOLOGACIÓN del desistimiento de la apelación formulada por la parte actora ciudadano GERSON LUIS ALTUNA LIRA, venezolano mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad N° 18.403.276, contra la decisión de fecha: (03) de febrero de dos mil quince (2015), emanada del Juzgado Décimo Tercero (13) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas No hay condenatoria en costas.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los (16) días del mes de octubre del año dos mil quince (2015). Años: 205º y 156º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.

EL JUEZ,



CARLOS ACHIQUEZ MEZA
EL SECRETARIO,



ABG. LUISANA COTE

NOTA: En la misma fecha y previo el cumplimiento de las formalidades legales, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.
EL SECRETARIO,



ABG. LUISANA COTE