REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto (4) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de octubre de dos mil quince (2015).
205º y 156º
ASUNTO: AP21-S-2015-002128
Visto el escrito presentado en fecha 02/10/2015 por la ciudadana María Fernández, titular de la cédula de identidad V- 17.589.022 en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por la abogada Jessica Barrera, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 247.302, por una parte, y por la otra el abogado Simon Jurado-Blanco, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 76.855 en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente CONSTRUCTORA ANDRADE GUTIERREZ C.A, mediante la cual la parte oferente pagó a la parte oferida la cantidad de SETENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 74.058,53), solicitando se deje constancia del pago realizado y que la relación laboral terminó por retiro voluntario, de acuerdo a lo indicado en el escrito presentado, en consecuencia, este Juzgado deja constancia de lo señalado, asimismo, la parte OFERENTE a través de su apoderado judicial entrego a la parte OFERIDA cheque del Banco Provincial del cual anexan copia por la cantidad supra. Así se establece.
LA JUEZ
LILIA NOHEMI ZORIANO TREJO
LA SECRETARIA
KELLY SIRIT
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
LA SECRETARIA
KELLY SIRIT
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