ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-002468
PARTE ACTORA: FRAN DEXLER SALAS GALVIS, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-21.073.353.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTA EN AUTOS.
PARTE DEMANDADA: MULTICINE LAS TRINITARIAS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de mayo de 1995, bajo el Nº 51, Tomo 182-A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: CLAUDIA LACHMANN, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 232.784 y Otros.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, 30 de octubre de 2015, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la abogada CLAUDIA LACHMANN, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 232.784, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, consignando copia simple del poder otorgado por su poderdante, así como original del mismo a efecto vivendi, el cual fue devuelto luego del respectivo cotejo; de igual manera se deja constancia de la incomparecencia por si misma o por medio de apoderado judicial alguno, de la parte demandante por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ
HÉCTOR MUJICA
LA APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
MARIO MONTALVAN
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