REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, quince (15) de octubre de dos mil quince (2015)

205° y 156

Expediente Nº 07407.-

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado Julián Domitilo Schussler Guía, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 30.466, actuando en su carácter de apoderado judicial de JUAN CARLOS MURRUFO ESCALONA, titular de la cédula de identidad número V-14.869.456, parte querellante en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por JUAN CARLOS MURRUFO ESCALONA, antes identificado, debidamente asistido por el abogado Julian Domitilo Schussler Guía, antes identificado, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, pasa este Tribunal a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes:

I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR
LA PARTE QUERELLANTE

A.- De las Pruebas Documentales:

Respecto a las pruebas documentales promovidas en el escrito presentado por el abogado Julian Domitilo Schussler Guía, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 30.466, actuando en su carácter de apoderado judicial de JUAN CARLOS MURRUFO ESCALONA, titular de la cédula de identidad número V-14.869.456, parte querellante en la presente causa, este Juzgado admite las referidas pruebas cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no considerarlas manifiestamente ilegales o impertinentes.





EMERSON LUIS MORO PÉREZ

EL JUEZ

GABRIEL JOSE RODRIGUEZ PONCE

EL SECRETARIO





Expediente Nº 07407.-
ELMP/GJRP/Yard.-