REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 22 de octubre de 2015
205º y 156º

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN “LOS APAMATES”, asociación civil sin fines de lucro, domiciliada en las ciudades de Río Chico y Caracas, del Estado Miranda y Distrito Capital, respectivamente, e inscrita ante la Oficina Subalterna del Registro del Distrito Páez del Estado Miranda, hoy Servicio Autónomo sin Personalidad Jurídica de Registro de los Municipios Autónomos Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Miranda, en Río Chico el día 27 de septiembre de 1982, bajo el Nº 26, Tomo Sexto, Protocolo Primero, en su carácter de PARTE ACTORA; que este Tribunal, en fecha trece (13) de junio de 2013, dictó sentencia definitiva en el expediente número antiguo AH1A-R-2003-000005, nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ASUNTO 0390-12 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR VÍA EJECUTIVA (APELACIÓN) sigue en contra del ciudadano CARLOS TULIO SIERRA PARAVISINI, ampliamente identificado en autos. El presente cartel de notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal, así como la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y una vez conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para recurrir en contra de la referida decisión. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES

ASM/04.-
Exp. Itinerante Nº 0390-12
Exp. Antiguo Nº AH1A-R-2003-000005