REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, trece (13) de octubre de dos mil quince (2015) Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-000882 (652)
De la revisión de las actas procesales que integran el expediente, con motivo del recurso de apelación ejercido por la abogada ADRIANA VILLARROEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 4.250, actuando en su carácter de apoderada judicial del tercero interviniente, ciudadano DEMETRIO PAREDES, titular de la cédula de identidad Nº E-1.060.199, en la causa principal que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la sociedad mercantil CENTRO DIAGNÓSTICO BIOMAGNETIC, C.A. contra la ciudadana LUZ de PARADA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.280.069, se observa de las mismas que no se encuentra copia certificada de la decisión objeto de la apelación. En este sentido, se insta a la abogada ADRIANA VILLARROEL, arriba identificada, a consignar en autos copia certificada de la decisión recurrida, y una vez conste en autos lo requerido esta alzada procederá a pronunciarse al respecto. Así se decide.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria temporal,

María Elvira Reis.