REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diecinueve (19) de octubre de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-000407 (588)
Visto el fallo dictado por este despacho en fecha 30 de septiembre del año en curso, mediante el cual se homologó el desistimiento formulado por la parte demandante, ciudadano RAFAEL COELLO RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 641.595, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.857, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, en virtud de la apelación efectuada por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta misma Circunscripción Judicial el día veintidós (22) de octubre de 2014; en consecuencia, este tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 1º de octubre de 2015, hasta el día 16 de octubre de 2015, ambas fechas inclusive, siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria temporal,

María Elvira Reis.


Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 1º de octubre de 2015, hasta el día 16 de octubre de 2015, ambas fechas inclusive, transcurrieron DIEZ (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Octubre 2015: 1, 2, 5, 7, 8, 9, 13, 14, 15 y 16. Caracas, diecinueve (19) de octubre del año dos mil quince (2015). A 205º años de la Independencia y 156º de la Federación.
La Secretaria temporal,

María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-R-2015-000407 (588)















REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diecinueve (19) de octubre de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º

Expediente Nº AP71-R-2015-000407 (588)
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 30 de septiembre del año en curso, mediante la cual se homologó el desistimiento formulado por la parte demandante, ciudadano RAFAEL COELLO RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 641.595, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7.857, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, en virtud de la apelación efectuada por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta misma Circunscripción Judicial el día veintidós (22) de octubre de 2014, todo ello en virtud del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), incoare el ciudadano RAFAEL COELLO RAMOS, contra el ciudadano WILLIAM ALBERTO PADILLA ALVARADO y la sociedad mercantil K&P INVERSIONES Y SUMINISTROS, C.A., en consecuencia, este tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria temporal,

María Elvira Reis.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio N° 2015-A-
La Secretaria temporal,

María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-000407 (588)

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diecinueve (19) de octubre de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º

Oficio N° 2015-A-
Ciudadana:
Dra. Irene Grisanti Cano.
Juez Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.

Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2015-000407 (588) de la nomenclatura llevada por este tribunal, con motivo de la homologación al desistimiento formulado por la parte demandante al recurso de apelación ejercido por la misma, contra la sentencia dictada por el Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas el día veintidós (22) de octubre de 2014, todo ello en virtud del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMATORIA), incoare el ciudadano RAFAEL COELLO RAMOS, contra el ciudadano WILLIAM ALBERTO PADILLA ALVARADO y la sociedad mercantil K&P INVERSIONES Y SUMINISTROS, C.A.,, constante de dos (02) piezas, la primera de ellas ciento cuarenta (140) folios útiles y un cuaderno de medidas constante de veintidós (22) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha 30 de septiembre de 2015.
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Expediente Nº AP71-R-2015-000407 (588)
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.