REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintiún (21) de octubre de dos mil quince (2015)
Años 205º y 156º
Expediente Nº AP71-S-2015-000032 (15.147)
Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 30 de septiembre del año en curso, mediante la cual se declaró ha lugar la solicitud de exequátur de la sentencia 000468/2009 de fecha 30 de octubre de 2009, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, España, solicitada por la abogada MARÍA ALEJANDRA CORREA MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.864, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ, titulares de la cédula de identidad Nº V-6.919.310 y V-6.354.769, en su orden de mención, este tribunal en consecuencia ordena su ejecución, a los fines de realizar las participaciones a las autoridades competentes. En este sentido, se insta a la precitada abogada a consignar en autos los fotostatos necesarios, con el objeto de librar los oficios correspondientes. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria temporal,
María Elvira Reis.