REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintinueve (29) de octubre de 2015
Años: 205º y 156º
Vista la diligencia anterior, suscrita por la abogada MARIA A. CORREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 51.864, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte solicitante, mediante la cual solicita le sean expedidos tres (03) juegos de copias certificadass de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 30 de septiembre del presente año y se sirva librar los oficios respectivos para dejar sentado los mismos en los registros respectivos, este tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir tres juegos de copias certificadas de la sentencia in comento, con inclusión del auto que la declara definitivamente firme, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda librar oficio a la Oficina de Registro Civil del Municipio Autónomo Ambrosio Plaza del Estado Miranda y al Registro Principal del Estado Miranda, a los fines de remitirle copia certificada de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 30 de septiembre de 2015, en la cual le concedió fuerza ejecutoria en el país, a la sentencia Nº 000468/2009 de fecha 30 de octubre de 2009, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, España que decreto el Divorcio de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ. Líbrense oficios. Cúmplase.
El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis.
Exp: AP71-S-2015-000032 (15.147)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, veintinueve (29) de octubre de 2015.-
Años 205° Y 156°
OFICIO Nº 2015-A-
CIUDADANO:
REGISTRADOR CIVIL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO AMBROSIO PLAZA DEL ESTADO MIRANDA.-
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copias certificadas de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 30 de septiembre del presente año, en la cual le concedió fuerza ejecutoria en el país, a la sentencia Nº 000468/2009 de fecha 30 de octubre de 2009, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, España que decreto el Divorcio de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ., contentivo de la solicitud de EXEQUATUR, presentada por la representación judicial de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ.
Remisión que se le hace a usted, a los fines de que estampe la nota marginal en el acta Nº 128, de fecha 23 de septiembre de 1989.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, veintinueve (29) de octubre de 2015.-
Años 205° Y 156°
OFICIO Nº 2015-A-
CIUDADANO:
REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MIRANDA.-
SU DESPACHO.-
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitirle anexo al presente oficio, copias certificadas de la sentencia dictada por este tribunal en fecha 30 de septiembre del presente año, en la cual le concedió fuerza ejecutoria en el país, a la sentencia Nº 000468/2009 de fecha 30 de octubre de 2009, proferida por el Juzgado de Primera Instancia Nº 8 de Santa Cruz de Tenerife, España que decreto el Divorcio de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ., contentivo de la solicitud de EXEQUATUR, presentada por la representación judicial de los ciudadanos LUIS ALBERTO TORRES MANZANERO y JUANA APONTE RODRÍGUEZ.
Remisión que se le hace a usted, a los fines de que estampe la nota marginal en el acta Nº 128, de fecha 23 de septiembre de 1989.-
EL JUEZ,
Dr. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
Quien suscribe María Elvira Reis Tremaria, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de su original que cursa en el expediente signado con el N°AP71-S-2015-000032 (15.147) nomenclatura interna del tribunal, contentivo de la solicitud de Exequátur interpuesta por la representación judicial de los ciudadanos Luis Alberto Torres Manzanero y Juana Aponte Rodríguez. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1 de la Ley de Sellos. Caracas, veintinueve (29) de octubre de dos mil quince (2015).-
La Secretaria Temporal,
María Elvira Reis Tremaria
Exp. N°AP71-S-2015-000032 (15.147)