REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, treinta (30) de octubre de 2015.
Años: 205º y 156º
Expediente Nº AP71-R-2015-000872 (650)
Visto el fallo dictado por este despacho en fecha 29 de octubre del año en curso, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de hecho ejercido por el abogado JOSÉ HILARIO SANTANA POCATERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.224, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GIOVANNI RODRÍGUEZ DOS RAMOS y MARÍA JOSÉ DOS RAMOS BARBOSA, en contra del auto dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 10 de agosto de 2015, en consecuencia, este Tribunal, ordena de oficio remitir copias certificadas de la sentencia supra referida, al Juzgado antes mencionado. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. MARÍA ELVIRA REIS.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, treinta (30) de octubre de dos mil quince (2015)
Años: 205º y 156º
Oficio N° 2015-A-
Ciudadano:
Dr. Ricardo Sperandio Zamora .
Juez Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio copia certificada del fallo dictado por este despacho en fecha 29 de octubre del año en curso, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de hecho ejercido por el abogado JOSÉ HILARIO SANTANA POCATERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 15.224, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GIOVANNI RODRÍGUEZ DOS RAMOS y MARÍA JOSÉ DOS RAMOS BARBOSA, en contra del auto dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 10 de agosto de 2015, todo ello en virtud del juicio que por TACHA DE DOCUMENTO (Vía Principal), sigue los ciudadanos GIOVANNI RODRÍGUEZ DOS RAMOS y MARÍAJOSÉ DOS RAMOS BARBOSA, contra la ciudadana DE JESÚS LAURENCO MARTINS MARÍA, constante de trece (13) folios útiles.-
Remisión que se hace, a los fines legales consiguientes.
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Expediente Nº AP71-R-2015-000872 (650)
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.