REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cinco (05) de octubre de dos mil quince (2015).
Años: 205º y 156º
AP71-R-2015-000163(558)
Vista la diligencia de fecha 05 de agosto de 2015, suscrita por el abogado NESTOR PALACIOS MATHEUS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.760, parte actora, mediante la cual consigno el cartel de notificación, este Tribunal ordena practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día cinco (05) de agosto de 2015 exclusive, hasta el día dos (02) de octubre de 2015 inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar, contra la decisión de fecha primero (1º) de julio de dos mil quince (2015), dictada por este Juzgado. Cúmplase.
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Quien suscribe Abg. María Elvira Reis, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que desde el día cinco (05) de agosto de 2015, exclusive hasta el día dos (02) de octubre de 2015 inclusive, han transcurrido veinte (20) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: AGOSTO 2015: 6, 7, 10, 11, 12, 13, 14; SEPTIEMBRE 2015: 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30; OCTUBRE 2015: 1 y 2. Caracas, trece (13) días de agosto de 2015.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Exp. N°AP71-R-2015-000163(558)
VJGJ/MR/Yeli.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, cinco (05) de octubre de dos mil quince (2015).
Años: 205º y 156º
Visto el computo que antecede, y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha primero (1º) de julio de 2015; este Tribunal, en consecuencia declara firme la mencionada sentencia, y ordena la remisión del expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libro oficio N° 2015- A-
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
VJGJ/MR/Yeli.
Exp. N°AP71-R-2015-000163(558)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, cinco (05) de octubre de 2015
Años 205° y 156°
OFICIO N° 2015-A-
CIUDADANO:
Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
SU DESPACHO
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el N° AP71-R-2015-000163 (558) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMATORIA) sigue MANUEL DAVALOS ARMIJOS contra ANA ELENA GUERRERO DE SCHUMANN, constante de una (01) pieza principal de Doscientos Treinta y Tres 233) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este tribunal en fecha primero (1º) de julio de dos mil quince (2015).
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
VJGJ/Yeli.EXP. N° AP71-R-2015-000163 (558)