REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, siete (07) de octubre de 2015
Años: 205º y 156º
AP71-R-2014-001130(516)
Vista la anterior diligencia presentada por el abogado LUÍS MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 55.949, actuando en su carácter de apoderado judicial de los Terceros Intervinientes, mediante la cual solicita copia certificada de la decisión del decreto de medida de prohibición de enajenar y gravar y de la caratula del cuaderno de medidas, el cual corre inserto a los folios 77 al 81 del cuaderno de medidas, este Tribunal acuerda proveer de conformidad. En consecuencia, se acuerda expedir copia certificada de lo antes señalado, así como de la diligencia que la solicita y del presente auto que lo acuerda, todo en conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
VJGJ/MER/YELI. Exp Nº AP71-R-2014-001130
Quien suscribe Abg. Abg. MARÍA ELVIRA REIS TREMARIA, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden son traslado fiel y exacto de sus originales que cursaron a los folios setenta y siete(77) al ochenta y uno (81) en el expediente signado con el N° AP71-R-2014-001130(516) nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue FARID DJOWRRAYED contra INVERSIONES AMANEZOL C.A. y FRANCISCO ALLEYNE. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1 de la Ley de Sellos. Caracas, siete (07) de octubre de dos mil quince (2015).-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS TREMARIA.