REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Trece (13) de octubre de dos mil quince (2015)
205º y 156º
EXPEDIENTE Nº AP21-S-2014-003023

PARTE OFERENTE: CAFERAMA LA TRINIDAD C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: JESUS ANTONIO LEPOLDO RONDON Inpreabogado 97.802.
PARTE OFERIDA: SISSI SALGUERO, mayor de edad titular de la cedula 14.158.540
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERIDA: NO ACREDITADO.
MOTIVO: OFERTA DE PAGO.
Se inicia el presente procedimiento con motivo de la Oferta Real de Pago efectuada por la empresa CAFERAMA LA TRINIDAD C.A a SISSI SALGUERO. la cual se dio por recibida en fecha 30/07/2014, ordenándose librar oficio a la OCC en la misma fecha.
Ahora bien, a partir de la fecha, en la cual el Tribunal, por auto ordenase abrir la cuenta a favor de la parte Oferida, 30/07/2014 hasta la presente fecha 13/10/2015, no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento de las partes.
En este sentido se observa que el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
En consecuencia, en el caso de marras se aprecia que, desde la actuación realizada por el Tribunal, ya indicada, de fecha , en la cual el Tribunal, por auto ordenase abrir la cuenta a favor de la parte Oferida, 30/07/2014 hasta la presente fecha 13/10/2015 ha transcurrido más del año previsto en la norma antes transcrita; por lo que conforme al artículo 202 eiusdem, el cual aplica este Tribunal conforme a las facultades atribuidas a los Jueces laborales, contenidas en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; resulta forzoso para este Tribunal declarar la perención, como en efecto será establecido.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la Oferta de pago que realizara la entidad de Trabajo CAFERAMA LA TRINIDAD C.A a SISSI SALGUERO.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Juzgado Trigésimo Octavo (38) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Trece (13) de octubre de dos mil quince (2015)
Años 205° y 156°.-
EL JUEZ
ABG. HENRY JESUS CASTRO SANCHEZ
LA SECRETARIA
ABG. MEICER MORENO
En el mismo día de hoy, previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ABG. MEICER MORENO