REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 20 de octubre de 2015.

205° y 156º

Vista la diligencia de fecha 19 de octubre de 2015, suscrita por la abogado LISBETH RAMÍREZ ARAQUE, Inpreabogado Nº 141.449, actuando en su carácter de apoderada judicial de la oferente apelante, sociedad mercantil ELCA COSMÉTICOS, S.A., con facultades expresas para desistir según consta en el instrumento poder inserto de los folios 3 al 8 del presente asunto, mediante la cual DESISTE de la apelación interpuesta en fecha 2 de octubre de 2015, contra la decisión dictada en fecha 30 de septiembre de 2015, por el Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial; en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en tal sentido, por esa razón, no se fijará oportunidad para celebrar audiencia oral y pública en el presente asunto, todo ello, en el procedimiento que por oferta real de pago intentara ELCA COSMÉTICOS, S.A. a favor de la ciudadana NIGLIS DEL VALLE MÁRQUEZ ROMERO. Se condena en costas del recurso conforme al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condenatoria en costas. Una vez firme la presente decisión, se ordenará la remisión del presente expediente al Juzgado de origen, a los fines que dé por terminada la causa.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ

JOSEFA MANTILLA
SECRETARIA



Asunto No. AP21-R-2015-001382
JCCA/JM/ksr.