REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de Octubre de 2015
205º y 156°

ASUNTO: AP51-J-2015-017224
MOTIVO: Titulo de únicos y Universales Herederos
SOLICITANTES: ESMERALDA EMPERATRIZ BUENO PRATO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.967.027
ADOLESCENTE: XXX, doce (12) años de edad
DE CUJUS: RAFAEL RAMON GONZALEZ TORO

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la Solicitud de Titulo de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ESMERALDA EMPERATRIZ BUENO PRATO, Venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.967.027, actuando en su propio nombre y representación de su hijo XXXX, doce (12) años de edad, este Tribunal observa del acta de fecha 14/10/2015, cursante a los folios 13 y 14 del presente asunto, que fueron promovidos y evacuados las declaraciones de los testigos, ciudadanos INGRID CLEMENCIA SEPULVEDA AVILA y MARLENE COROMOTO BETANCOURT, plenamente identificados en autos, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos RAFAEL RAMON, FRAIMA DALIS GONZALEZ, ambos mayores de edad y XXX, de doce años de edad, como beneficiarios del de cujus RAFAEL RAMON GONZALEZ TORO, quien en vida fuere titular de la cedula de identidad N° V-3.959.059. Por ultimo, se acuerda el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASI SE DECIDE.


PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En caracas, al día quince (15) de Octubre de dos mil quince (2015). Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ

ABG. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA

ABG. MARIA ELENA GUILLEN