REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, ocho de octubre de dos mil quince
205º y 156º
SOLICITANTE: YESENIA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad y de este domicilio.
ABOGADO: ISABEL TERESA ORELLÁN URBINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 101.647.-
MOTIVO: Inserción de Partida. -
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
I
Se recibió la presente solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 03 de agosto de 2011, interpuesta por la ciudadana Yesenia Rodríguez.
En fecha 14 de octubre de 2011, dicho Tribunal admitió la presente solicitud, ordenando la notificación de la Vindicta Pública conforme a lo previsto en el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil.
Cursa de autos diligencia de fecha 23 de noviembre de 2011, suscrita por el alguacil del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien dejó constancia de haber practicado la notificación del Ministerio Público en fecha 21 de noviembre de 2011.
En fecha 11 de enero de 2012, la representación fiscal dejó constancia mediante diligencia de no tener objeción alguna en la presente solicitud.
En fecha 25 de julio de 2012, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, dictó sentencia mediante la cual se declaró incompetente en razón de la materia y por el Territorio para seguir conociendo de la presente solicitud, y declinó la competencia a los Juzgados de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
La presente solicitud se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 17 de septiembre de 2012, mediante oficio Nº 0855-671, de fecha 06 de agosto de 2012, proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.-
En fecha 20 de septiembre de 2012, se dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Inserción de Partida hecha por la ciudadana Yesenia Rodríguez. La Juez Titular de este Tribunal se abocó al conocimiento del presente asunto y ordenó su prosecución en el estado en que se encontraba. Se admitió en cuanto ha lugar en derecho la solicitud conforme a lo dispuesto en los artículos 770 y siguientes de la Norma Adjetiva Civil. Se acordó librar boleta de citación a la ciudadana Edith Rodríguez una vez conste en autos los datos de identificación de la mencionada ciudadana, así como también una dirección válida y específica donde haya de verificarse dicha citación. Igualmente se ordenó librar edicto a las personas que tengan algún interés en la solicitud. Se ordenó notificar mediante boleta al Ministerio Público, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para tal fin, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
II
Ahora bien, para decidir se observa que desde el día 20 de septiembre de 2012, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año, sin que exista en autos ninguna actuación de las partes, tendiente a evitar la paralización del proceso, hecho éste, sancionado en nuestra legislación con la perención de la instancia.
En ese sentido el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil establece: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del juez después de vista la causa no producirá la perención”.
En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de Inserción de Partida, intentada por la ciudadana YESENIA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad y de este domicilio.
Dada la naturaleza del fallo, no hay condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los ocho días del mes de octubre del año 2015. Años 205° de la independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR
LETICIA BARRIOS RUIZ
LA SECRETARIA
MARINA SANCHEZ GAMBOA
En esta misma fecha, siendo las ¬_____________ se publicó y registró la anterior decisión.-
LA SECRETARIA
MARINA SANCHEZ GAMBOA,
LBR/MSG.-
ASUNTO: AP31-S-2012-8440.
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