ASUNTO : AP31-S-2015-007601
SOLICITANTE: ciudadana MARIA ELENA GONZÁLEZ DE HIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.133.526.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: MARCOS HIGUERA PEÑALVER, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.929.
MOTIVO: Declaración de Únicos Universales Herederos.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.
Se inició la presente solicitud, mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio con sede en Los Cortijos de Lourdes, en fecha 04 de Agosto de 2015, correspondiendo el conocimiento de la misma a este Tribunal.
En fecha 17 de septiembre de 2015, este Tribunal dictó auto mediante el cual se le dio entrada a la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos y se instó a la solicitante a consignar original o copia certificada, del acta de defunción del de-cujus JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ CARRERO, dándole un lapso perentorio de 10 días continuos, a los fines de emitir el pronunciamiento de ley correspondiente.
En este estado transcurrido en exceso como ha sido el lapso establecido por este Juzgado en fecha 17 de Septiembre de 2015, a saber: 18; 19, 20, 21; 22; 23; 24; 25; 26, 27, 28; 29; 30 de septiembre; 01; 02; 03, 04, 05; 06; 07; 08; 09, 10, 11, 12, 13, 14; 15…. de Octubre de 2015; para que la solicitante consignara el documento original solicitado; documento fundamental para la tramitación de la declaración de Únicos y Universales Herederos que requiere, y visto que hasta la presente fecha no ha comparecido por ante este Tribunal ni por si ni por medio de apoderado alguno; es forzoso para este Juzgado declarar INADMISIBLE la presente solicitud.- Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA,

Dra. JENNY MERCEDES GONZÁLEZ FRANQUIS. LA SECRETARIA,

Abg. IVONNE M. CONTRERAS R.