RESOLUCIÓN Nro. 2005-2015

Visto el escrito presentado por la Fiscalía Quincuagésima Primera del Ministerio Publico, mediante el cual notifica decreto de ARCHIVO FISCAL, de conformidad con el artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado VLADIMIR SALOM, por la presunta comisión de uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NEYDA ANTONIA SALOM SOLARTE; al respecto, este Tribunal observa que el Representante del Ministerio Público es el único órgano a quien le compete dictar dicho acto conclusivo conforme a la norma adjetiva citada, y en concordancia con el artículo 11 ejusdem, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar y sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Se observa que para el asunto de marras se cumplieron con los requisitos legales, y tomando en consideración que en los hechos investigados no se afecta el patrimonio del Estado Venezolano, ni intereses colectivos y difusos, no deberá remitirse al Fiscal Superior correspondiente a los efectos del parágrafo único del artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal; en razón de lo cual este Tribunal decreta el CESE DE TODA MEDIDA CAUTELAR, DE PROTECCIÓN Y DE SEGURIDAD, DECRETADA EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA.- Así se declara.-

DECISIÓN

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA, el CESE DE TODA MEDIDA CAUTELAR, DE PROTECCIÓN Y DE SEGURIDAD DECRETADA EN RAZON DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano VLADIMIR SALÓM, de conformidad con lo establecido en el artículo 297 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la notificación a la Fiscalía 51° del Ministerio Público. Regístrese la presente decisión, Publíquese y Remítase.-
LA JUEZA TERCERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS,


ABG. CAROLINA GRACIELA MOGOLLÓN SAAVEDRA



LA SECRETARIA,


ABOG. LORENA JARAMILLO