REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
205º y 156º
ASUNTO: AP21-L-2015-000061
ACTA DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
En el día de hoy, lunes veintiuno (21) de septiembre de dos mil quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 am.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de juicio, en el proceso incoado por el ciudadano FILADELFO MARQUEZ, titular de la cédula de identidad numero: V-10.106.686 en el juicio intentado contra la entidad de trabajo INVERSIONES SP 70 70 70, C.A. por prestaciones sociales, se anunció el acto a las puertas de la Sala del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas y se encontraba presente el abogado HENRY BRAVO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 163.144, carácter que consta en instrumento poder que cursa a los autos que acredita su representación como apoderado judicial de la parteaccionada. La empresa INVERSIONES SP 70 70 70, C.A. . El Juez declaró iniciada la audiencia solicitando a la Secretaría que informara sobre el motivo de la misma y sobre las personas involucradas con este procedimiento que se encuentren presentes, quien lo hizo de viva voz. A continuación, el Juez del Tribunal informó la forma en que se desarrollará la audiencia. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual por una cámara de video, modelo DCR-TRV22, Serial 967476 BN/721, La Secretaria del Tribunal, dejo constancia que solo hico acto de presencia el apoderado judicial de la parte demandada. Asi mismo informo que la parte actora no hizo acto de presencia ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado, el Juez del Tribunal procedió a dictar formal dispositivo de la siguiente manera: El artículo 151 LOPT consagra, además del deber de las partes de concurrir a la audiencia de juicio, por sí mismas o a través de apoderado judicial, los casos de incomparecencia de la actora, de la demandada o de ambas, generándose consecuencias procesales diversas para cada uno de tales supuestos. En el presente asunto, la parte accionante no asistió a la audiencia de juicio tal como lo hiciera constar el Alguacil y la Secretaría en la oportunidad correspondiente, por lo que de conformidad con lo estatuido en el mencionado dispositivo legal, podríamos entender el desistimiento “del proceso” y no de la acción, conforme a lo dispuesto en la sentencia n° 09 del 20/01/2012 de la SCS/TSJ, la cual acoge la n° 1.184 del 22/10/2009 de la SC/TSJ y por ello, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: primero: Desistido el “proceso” y no la acción incoada por el ciudadano FILADELFO MARQUEZ contra la entidad de trabajo denominada “INVERSIONES SP 70 70 70, C.A ”, ambas partes identificadas en los autos, conforme al último párrafo del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En virtud que todos los motivos de hecho y derecho considerados para tomar esta decisión están contenidos en la presente acta y que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 159 eiusdem, se considera a la misma –al acta- como la sentencia escrita correspondiente haciéndose innecesaria una reproducción posterior, todo con base al principio de concentración establecido en el artículo 2° eiusdem. segundo: No hay condenatoria en costas. De conformidad con el Art. 64 de la LOPT tercero: Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive. cuarto: Declarado el desistimiento “del proceso” el Juez dio por concluido el presente acto y procedió a retirarse. Se deja constancia que el soporte físico de la reproducción audiovisual de la presente audiencia queda en custodia de la Oficina de Técnicos Audiovisuales de este Circuito. Terminó y firman:
La Juez de Juicio,
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Beatriz Pinto Colmenares
el apoderado de la accionada,
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El secretario,
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Sirley Bracho
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