REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 21 de septiembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO: AH1B-M-2008-000001
Vista la diligencia presentada en fecha 17 de septiembre de 2015, por el abogado PEDRO MIGUEL DOLANYI RAJKAY, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el Nro. 76.752, actuando en su propio nombre y representación, con el carácter de acreedor de la Sociedad Mercantil CANAL POINT RESORT, C.A., mediante la cual solicitó ser designado miembro de la Comisión de Acreedores en el presente procedimiento; este Juzgador a los fines de proveer observa que riela a los autos cesión de derechos litigiosos y del crédito, por parte de la Sociedad Mercantil DEL SUR, BANCO UNIVERSAL, C.A., al ciudadano PEDRO MIGUEL DOLANYI RAJKAY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.338.122, es por ello que este Tribunal a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 900 del Código de Comercio, garantizar el debido proceso y una tutela judicial efectiva sin retrasos ni dilaciones indebidas, REVOCA la designación de la Sociedad Mercantil DEL SUR, BANCO UNIVERSAL, C.A., como miembro de la Comisión de Acreedores y procede a designar como nuevo miembro de la comisión de acreedores al ciudadano PEDRO MIGUEL DOLANYI RAJKAY, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.338.122, en su condición de acreedor de la Sociedad Mercantil CANAL POINT RESORT, C.A., a quien se ordena notificar a fin de que comparezca por ante este Despacho dentro de los tres (3) días de despachos siguientes a la constancia en autos de su notificación, para que preste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Y así se establece.-
EL JUEZ,

DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
LA SECRETARIA ACC.,

ABG. ISBEL QUINTERO.
En esta misma fecha se libró la boleta de notificación respectiva.
LA SECRETARIA,


ABG. ISBEL QUINTERO
AVR/IQ/****
Asunto: AH1B-M-2008-000001