REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO NOVENO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
205º y 156º
Caracas, 17 de septiembre de 2015
CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:
A CORPORACIÓN VENEZOLANA DE TELEVISIÓN C.A. (VENEVISIÓN), inscrita en fecha 07 de julio de 1960, por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 43, Tomo 21-A; y/o en las personas de sus apoderados judiciales, los ciudadanos JULIO UBIETA BLANCO, ARTURO LEÓN PIÑANGO y ALEJANDRO UBIETA ROQUE, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 9.568, Nº 18.030 y Nº 38.822, respectivamente, en su carácter de PARTE ACTORA, que este Tribunal en fecha veinticuatro (24) de abril de 2013, dictó sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, en el expediente número antiguo AH1B-V-2002-000021, nomenclatura del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y asunto 0302-12 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (LETRAS DE CAMBIO), sigue en contra de PROMOTORA LOTTO QUIZ, C.A., ampliamente identificada en autos. El referido Cartel de Notificación deberá ser publicado en la cartelera de este Tribunal y en la del Circuito Judicial de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo, se ordena su publicación en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, y una vez conste en autos su publicación transcurrirán diez (10) días de despacho para darse por notificados. Cumplidos éstos, comenzará a transcurrir el lapso correspondiente para que las partes ejerzan sus respectivos derechos. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZ TITULAR,
Dra. ADELAIDA SILVA MORALES.
ASM/SR/09
Asunto Antiguo: AH1B-V-2002-000021.
Exp. Nº 0302-12.