REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiocho (28) de septiembre de 2015 Años 205° y 156°
AP71-R-2015-000799(641)
Visto el escrito de informes presentado en fecha catorce (14) de agosto de 2015, por la abogada INES ARMINDA RIVAS PAREDES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 19.736, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DONATO DE ANGELIS FINOCHE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-3.181.496, y vencido como se encuentra el lapso correspondiente para presentar sus observaciones a los mismos, sin que haya comparecido, este Tribunal advierte a las partes que de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los treinta (30) días continuos siguientes a esta fecha.
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
VJGJ/MER/YP.