REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 205° y 156°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2015-001018


En el día hábil de hoy MIERCOLES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2015, siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Cobro de Bono de Producción incoara el ciudadano DIONNE FRANSIE HERNANDEZ AMPIEZ, titular de la cedula de identidad N°16.801.168, contra la entidad de trabajo AEROCLOSET, C.A., anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia del abogado KARL EDWARD CHURION MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.993, en su carácter de apoderado judicial de la demandada. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora, ciudadano DIONNE FRANSIE HERNANDEZ AMPIEZ, titular de la cedula de identidad N°16.801.168, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que una vez transcurridos treinta (30) minutos, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena al secretario del Tribunal expedir una copia certificada de la presente acta de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo se ordena la devolución de las pruebas presentadas por la parte demandada al inicio de la Audiencia Preliminar, las cuales son recibidas en este acto. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO

KARL EDWARD CHURION MARTINEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

KARIM ALEJANDRO MORA
EL SECRETARIO