REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintitrés (23) de septiembre de dos mil quince (2015)
205º y 156º

ASUNTO: AP31-S-2014-006168

SOLICITANTE: MORAIMA COROMOTO LINARES QUINTERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 5.599.233.
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: TAYRUMA JOSEFINA GARAY, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 104.941.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
I
Conoce este Tribunal de la presente solicitud, presentada por la ciudadana MORAIMA COROMOTO LINARES QUINTERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 5.599.233, asistida por la Abogada TAYRUMA JOSEFINA GARAY, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 104.941, donde solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento de su hermana. Alega la solicitante que fue presentada su hermana ESTELA MARIA LINARES DE QUINTANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.248.689 por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en fecha 3 de octubre de 1955, según acta No. 3280, la misma que acompaño marcada con la letra “A”, donde se omitió el primer nombre de su madre se le identifico como BENITA QUINTERO de LINARES, siendo esto incorrecto, MARIA BENITA QUINTERO de LINARES, por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice “…BENITA QUINTERO de LINARES …”, debe decir “…MARIA BENITA QUINTERO de LINARES …”.
En fecha 14 de julio del 2014, se admitió la solicitud de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil y se ordenó librar boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público, en esa misma fecha se libró edicto.
En fecha 4 de agosto de 2014, compareció la ciudadana MORAIMA COROMOTO QUINTERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-5.599.233, asistida por la abogada MORAIMA COROMOTO LINARES QUINTERO inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 104.941, mediante la cual le otorgo Poder Apud-Acta y retiró Edicto de fecha catorce (14) de julio de 2014.
En fecha 30 de septiembre de 2014, compareció la abogada TAYRUMA JOSEFINA GARAY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.941, mediante la cual consignó Edicto publicado en El Diario “Ultimas Noticias”, librado en fecha 14 de julio de 2014
En fecha 17 de julio de 2015, compareció la Abogada TAYRUMA JOSEFINA GARAY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.941, y consignó los fotostatos para la elaboración de la boleta de notificación del Fiscal del Ministerio Público. Asimismo, se dictó auto mediante el cual se ordenó librar Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 5 de agosto de 2015, compareció el ciudadano CARLOS ENRIQUE PERNIA ESPINEL Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, consignó boleta de notificación librada al Fiscal Centésimo Octavo (108°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, debidamente firmada y sellada.
En fecha 11 de agosto de 2015, compareció la Abogada María YOLANDA DEL CARMEN COLMENAREZ RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Provisoria de la Fiscalía Centésima Octava (108º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, mediante diligencia señalo que se cumplieron los extremos de ley correspondiente en la presente solicitud y en consecuencia nada tiene que objetar en cuanto a la misma.
Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO Nº: 3280 del año 1955, que reposa en la Oficina de Registro Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en fecha 3 de octubre de 1955, en los siguientes términos: PRIMERO: donde se lee “…BENITA QUINTERO de LINARES …”, debe leerse “… MARIA BENITA QUINTERO de LINARES…”.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de septiembre del dos mil quince (2015). Años: 205º y 156º.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO TEMPORAL


ABG. JUAN CARLOS CARVAJAL
En esta misma fecha siendo las once horas y veintiún minutos de la mañana (11:21 a.m.) se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO TEMPORAL


ABG. JUAN CARLOS CARVAJAL