REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 24 de septiembre de dos mil quince (2015).
Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

Visto el escrito de fecha 18 de septiembre de 2015, suscrita por el abogado STALIN A. RODRIGUEZ S., venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-10.282.111, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.650, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INVERSORA INSECAR S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda en fecha 09 de abril de 1996, bajo el Nº 50, Tomo 158-A-Sgdo y cuya última modificación quedo registrada ante el Registro de Información Fiscal (RIF) bajo el Nº J-30334727-4, domiciliada en el Edificio Mene Grande, piso 7, de la avenida Francisco de Miranda, del Municipio Chacao, urbanización Los Palos Grandes, parte actora en el presente juicio, mediante la cual desiste de la acción, este Tribunal a los fines de pronunciarse en lo solicitado, pasa a transcribir el siguiente artículo:

Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“…En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…” (OMISSIS).

Con fundamento en el artículo antes mencionado, este Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley HOMOLOGA en todas y en cada una de sus partes el presente DESISTIMIENTO y en consecuencia, se tendrá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en los mismos términos expuestos.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los 24 días del mes de septiembre de dos mil quince (2015). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Juez,
Dra. Anna Alejandra Morales Lange
La Secretaria,
Abg. María Virginia Solórzano Parra

Publicada en la presente fecha, previo el anuncio de ley.

La Secretaria,
Abg. María Virginia Solórzano Parra

AAML/MVSP/Luis S.
Exp. Nº AP31-M-2014-000209.