REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, siete (07) de abril de dos mil dieciséis (2016) Años 205° y 156°

EXP: AP71-R-2016-000228 (734)

Vistos el escrito de informes presentado por el abogado EUSEBIO AZUAJE SOLANO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 52.533 en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSORCIO ARQUINODO, C.A., parte demandada en el presente juicio, y vencido el lapso para que la parte contraria presentara observaciones al referido informe, sin que lo hayan efectuado ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, este Tribunal advierte a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los treinta (30) días continuos a partir de esta fecha.
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria
Abg. María Elvira Reis.