REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, cuatro de abril de dos mil dieciséis
205º y 157º

ASUNTO: AP31-S-2016-001989
I
SOLICITANTE: Ciudadana ESTEFANIA FIGUEREDO DE BOLAÑO, titular de la cedula de identidad Nº 3.493.085.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: Ciudadana JANETH LORENA ROMERO CRUCES, Inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 60.244
MOTIVO: Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos.
Visto el anterior Desistimiento del Procedimiento, formulado mediante diligencia presentada en fecha 29 de marzo de 2016, por la ciudadana ESTEFANIA FIGUEREDO DE BOLAÑO, titular de la cedula de identidad número 3.493.085, asistida por la abogada JANETH ROMERO, Inscrito en el Inpreabogado bajo los números 60.244, en la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada en fecha 08 de marzo de 2016, se observa:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y cumplidos como se encuentran los extremos legales, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los mismos términos en que fue suscrito, por consiguiente, se declara extinguida la instancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, previo suministro de los fotostatos correspondientes para su certificación se ordena la devolución de los documentos consignados en copia certificada. Así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cuatro (04) días del Mes de abril del Año Dos Mil Dieciséis (2016). Años 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZ,

ARELIS FALCÓN LIZARRAGA
EL SECRETARIO,

DAHIL ESCALONA
En esta misma fecha, siendo las tres y veintiuno de la tarde (3:21 p.m.), se publicó y registró la decisión anterior.

EL SECRETARIO,

DAHIL ESCALONA


AGFL/DE/VIO