REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

Caracas, 18 de agosto de 2016
206º y 157º
JUEZ PONENTE: SONIA ANGARITA
EXP. Nº 10Aa-4449-16

En fecha 12 de julio de 2016, fueron recibidas en esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones las presentes actuaciones, procedentes de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, en virtud del recurso de apelación planteado por la ciudadana MARGIN RUIZ VILLASMIL, Defensora Pública Segunda (2ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR, YAEMIL JESUS BRITO y SANTIAGO VIERA ESCOBAR, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.827.447, V-21.538.438 y V-25.751.548, en ese orden; con fundamento en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 31 de mayo de 2016, por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó a los imputados de autos, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, y 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de “Autor en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455 y 458, todos del Código Penal, POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano YAEMIL JESUS BRITO…Los delitos de Cooperador inmediato en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455, 458 y 83 todos del Código Penal, PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo para el ciudadano, KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR…Los delitos de POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 primer aparte del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano SANTIAGO JOSE VIERA ESCOBAR…”.

De esta manera, y a los fines de resolver la admisibilidad o no de los recursos interpuestos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Sala observa:

I
DE LA LEGITIMIDAD

Se evidencia de las actas que conforman las presentes actuaciones, que la ciudadana MARGIN RUIZ VILLASMIL, Defensora Pública Segunda (2ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR, YAEMIL JESUS BRITO y SANTIAGO VIERA ESCOBAR, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.827.447, V-21.538.438 y V-25.751.548, en ese orden, posee legitimidad para impugnar la decisión dictada por el Juzgado A quo, ya que cursa en el folio 37 del cuaderno de incidencia, acta de aceptación de defensa.
II
DE LA TEMPESTIVIDAD


Así mismo, se evidencia que el recurso de apelación planteado por la ciudadana MARGIN RUIZ VILLASMIL, Defensora Pública Segunda (2ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR, YAEMIL JESUS BRITO y SANTIAGO VIERA ESCOBAR, fue presentado en fecha 15 de junio de 2016, contra la decisión dictada el 31/05/2016, y según el cómputo practicado por secretaría del Juzgado A quo, cursante al folio 92 del cuaderno de apelación, transcurrieron cinco (05) días de Despacho, a saber: Lunes 6/06/2016, Martes 7/06/2016, Lunes 13/06/2016, Martes 14/06/2016 y Miércoles 15/06/2016; motivo por el cual esta Sala considera que el presente escrito de apelación fue interpuesto de manera tempestiva.

Ahora bien, esta Sala evidencia que el Juzgado A quo emplazó a la Fiscalía Trigésima Sexta (36ª) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con Competencia Nacional Plena, en fecha 16/06/2016, siendo recibidas el 22/06/2016 (folio 62, del cuaderno de incidencia), de conformidad a lo previsto con el artículo 441 del Código Orgánico Procesal Penal, quien en fecha 28/06/2016, consignó escrito de contestación al recurso de apelación, y según cómputo practicado por secretaría del Juzgado A quo, cursante a los folios 92 y 93, respectivamente, del cuaderno de incidencia, transcurrieron dos (02) días de Despacho, a saber: Lunes 27/06/2016 y Martes 28/06/2016; motivo por el cual esta Sala considera que el presente escrito de contestación fue presentado de manera TEMPESTIVA.

III
DE LA IMPUGNACIÓN

En cuanto al motivo de apelación, se evidencia que el escrito de apelación está fundamentado de conformidad con el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 31 de mayo de 2016, por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó a los imputados de autos, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, y 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de “Autor en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455 y 458, todos del Código Penal, POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano YAEMIL JESUS BRITO…Los delitos de Cooperador inmediato en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455, 458 y 83 todos del Código Penal, PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo para el ciudadano, KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR…Los delitos de POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 primer aparte del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano SANTIAGO JOSE VIERA ESCOBAR…”, por tal razón, la decisión impugnada no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley.

De igual manera, esta Sala evidencia que la ciudadana MARGIN RUIZ VILLASMIL, Defensora Pública Segunda (2ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR, YAEMIL JESUS BRITO y SANTIAGO VIERA ESCOBAR, no promovió pruebas que acompañen su escrito recursivo.

Así cumplidos los requisitos para la admisión del recurso planteado en el presente caso, lo ajustado a derecho es declarar ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARGIN RUIZ VILLASMIL, Defensora Pública Segunda (2ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR, YAEMIL JESUS BRITO y SANTIAGO VIERA ESCOBAR, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.827.447, V-21.538.438 y V-25.751.548, en ese orden; con fundamento en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 31 de mayo de 2016, por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó a los imputados de autos, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, y 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de “Autor en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455 y 458, todos del Código Penal, POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano YAEMIL JESUS BRITO…Los delitos de Cooperador inmediato en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455, 458 y 83 todos del Código Penal, PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo para el ciudadano, KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR…Los delitos de POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 primer aparte del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano SANTIAGO JOSE VIERA ESCOBAR…”, en consecuencia, esta Sala de Corte de Apelaciones resolverá sobre el fondo de lo planteado y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Así mismo serán considerados al momento de decidir el fondo del presente recurso de apelación, los alegatos presentados por la Representación del Ministerio Público, en el escrito de contestación, por haber sido presentado de manera TEMPESTIVA. ASI SE DECIDE.-

IV
En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MARGIN RUIZ VILLASMIL, Defensora Pública Segunda (2ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora de los ciudadanos KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR, YAEMIL JESUS BRITO y SANTIAGO VIERA ESCOBAR, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.827.447, V-21.538.438 y V-25.751.548, en ese orden; con fundamento en el numeral 4 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 31 de mayo de 2016, por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó a los imputados de autos, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en relación con los artículos 237 numerales 2, 3 y parágrafo primero, y 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de “Autor en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455 y 458, todos del Código Penal, POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano YAEMIL JESUS BRITO…Los delitos de Cooperador inmediato en el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el…artículo 406 numeral 1, en relación con los artículos 405, 455, 458 y 83 todos del Código Penal, PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo para el ciudadano, KEDINYERS ALBERTO GARCIA SALAZAR…Los delitos de POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 primer aparte del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el (sic) artículo (sic) 37 y 27 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello para el ciudadano SANTIAGO JOSE VIERA ESCOBAR…”, en consecuencia, esta Sala de Corte de Apelaciones resolverá sobre el fondo de lo planteado y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Así mismo serán considerados al momento de decidir el fondo del presente recurso de apelación, los alegatos presentados por la Representación del Ministerio Público, en el escrito de contestación, por haber sido presentado de manera TEMPESTIVA.
Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia de la presente admisión.
LA JUEZ PRESIDENTE



RITA HERNÁNDEZ TINEO
LA JUEZ INTEGRANTE-PONENTE EL JUEZ INTEGRANTE



SONIA ANGARITA BRAULIO SÁNCHEZ MARTÍNEZ
LA SECRETARIA



CLAUDIA MADARIAGA SANZ

En esta misma fecha, se dio fiel cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA



CLAUDIA MADARIAGA SANZ


EXP Nº 10Aa-4449-16
RHT/SA/BSM/GVCB/vm*.*