ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-001361
PARTE ACTORA: JUAN CARLOS MONTIEL QUEZADA.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD, C.A.
APODERADO JUDICIALE DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ENRRIQUE GUTIERREZ OROPEZA IPSA Nº 142.324
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Hoy, 05 de agosto de 2016, siendo las10:00 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada abogado LUIS ENRRIQUE GUTIERREZ OROPEZA IPSA Nº 142.324, así mismo se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadano JUAN CARLOS MONTIEL QUEZADA., titular de la cedula de identidad V- 6.748.839; no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia; de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Primero (21) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas. Es todo se leyó y conformes firman.
El Juez
Abg. Gabriel Rincones
La Secretaria
Abg. Corina Guerra
Apoderado judicial de la parte Demandada
Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
La Secretaria
Abg. Corina Guerra
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