Asunto: AP41-U-2007-000669 Sentencia interlocutoria N° 032/2016


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 4 de agosto de 2016
206º y 157º

Vista la diligencia presentada el día 26 de junio de 2016, por la abogada Yanett Mendoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.921.406, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 34.360, actuando en su carácter de sustituta del Procurador General de la República, mediante la cual manifiesta que la sociedad mercantil FÁBRICA DE CALZADOS LOBLAN C.A., canceló sus acreencias frente al Fisco Nacional tal y como se refleja en las copias del as planillas pagadas identificadas bajo los números 0901070674, 0400837298, 0918305600, todas de fecha 11 de mayo de 2016, y planilla de liquidación 111001236000001 de fecha 05 de mayo de 2016. En consecuencia este Tribunal una vez analizadas las actas procesales que conforman el expediente y visto que la ciudadana Yanett Mendoza, titular de la cédula de identidad número 6.921.406, se encuentra facultada para tal fin, acuerda la HOMOLOGACIÓN por pago de la presente causa y ordena su archivo definitivo en la oportunidad legal correspondiente. Notifíquese de la presente decisión al Procurador General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese boleta.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación del presente fallo, el segundo para que repose en original en el copiador respectivo.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los cuatro (04) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016). Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
El Juez,

Raúl Gustavo Márquez Barroso
La Secretaria,

Bárbara Luisa Vásquez Párraga


Asunto AP41-U-2007-000669
RGMB/BLVP/EJLC


En horas de despacho del día de hoy, cuatro (04) de agosto de dos mil dieciséis (2016), siendo las dos y cinco minutos de la tarde (02:05 p.m.), bajo el número 032/2016 se publicó la presente sentencia interlocutoria.



La Secretaria,

Bárbara Luisa Vásquez Párraga