REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dos (02) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º

Expediente Nº AP71-R-2016-000393 (757)

Visto el fallo dictado por este Despacho en fecha 15 de julio del año en curso, mediante el cual se declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, de fecha 31 de marzo de 2016, en consecuencia se confirma el mencionado fallo; este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 18 de julio de 2016, hasta el día 01 de agosto de 2016, (ambas fecha inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.


Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 18 de julio de 2016, hasta el día 01 de agosto de 2016 (ambas fecha inclusive), transcurrieron diez (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: julio 2016: 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 28, 29; agosto 2016: y 01. Caracas, dos (02) de agosto del año dos mil dieciséis (2016). A 206º años de la Independencia y 157º de la Federación.

La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-R-2016-000393 (757)
VJGJ/MER










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dos (02) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º


Expediente Nº AP71-R-2016-000393 (757)

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 15 de julio del presente año, mediante el cual se declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, de fecha 31 de marzo de 2016, en consecuencia se confirma el mencionado fallo; todo ello en virtud del juicio por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil C.A. CENTRO MÉDICO DE CARACAS contra la ciudadana MARY ELENA SOSA MENDOZA ; en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-


El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2016-A-
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2016-000393 (757)

VJGJ/MER
















































REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, dos (02) de agosto de dos mil dieciséis (2016)
Años 206º y 157º

Oficio Nº 2016-A-
Ciudadano:
Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
Juez del Juzgado Tercero de de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-R-2016-000393 (757) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, mediante el cual se declara sin lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, de fecha 31 de marzo de 2016, todo ello en virtud del juicio por COBRO DE BOLÍVARES sigue la sociedad mercantil C.A. CENTRO MÉDICO DE CARACAS contra la ciudadana MARY ELENA SOSA MENDOZA, constante de una (01) pieza denominada cuaderno de medidas integrada por cincuenta y cinco (55) folios útiles.-

Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 15 de julio de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.